Ayudas «Paréntesis» al sector del Taxi del Ayuntamiento de Valencia

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

A esta ayuda, fruto de las negociaciones con el Ayuntamiento, además de aquellos taxistas que viven en Valencia, van a ser muchos más los que sí puedan acceder a ella aunque vivan en otro municipio, aproximadamente 2400.


Los autónomos colaboradores no pueden solicitarla.

Solo se percibirá una ayuda con independencia del número de autorizaciones que tengas en titularidad.

Se exime a los solicitantes de estas ayudas de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y ante la seguridad social y de ser deudores por reintegro ante la Administración.

¿CÓMO SE SI PUEDO SOLICITARLA, AUNQUE NO VIVA EN VALENCIA?

Para los que no viven en Valencia se pueden dar distintas circunstancias que le permitan solicitarla, pero primero es indispensable conocer su situación censal y hará falta para ello comprobar que lugar donde desarrolla la actividad le aparece en el “Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT” (certificado IAE):

1: En el certificado, aunque vivo fuera de Valencia, me pone que desarrollo la actividad en Valencia (Valencia): PUEDES SOLICITARLA.

2: En el certificado me pone que desarrollo la actividad en, ejemplo, PATERNA (Valencia): NO PUEDES SOLICITARLA.

En algunos casos, principalmente los que llevan dados de alta bastante tiempo, en el certificado no le aparece el lugar donde desarrolla la actividad, en ese caso el ayuntamiento se basará en lo que indique la tarjeta de transporte o el Registro de Empresas de Actividades de Transporte del Ministerio de Fomento y habrá que mirar lo que ponga en el apartado residencia de la autorización o domicilio del establecimiento, en ese caso:

1: En el certificado de IAE no me indica donde desarrollo la actividad y en la tarjeta de trasportes o en el Registro de Empresas de Actividades de Transporte del Ministerio de Fomento me pone, ejemplo, Valencia en el apartado de residencia de la autorización/ domicilio del establecimiento: PUEDES SOLICITARLA.

2: En el certificado de IAE no me indica donde desarrollo la actividad y en la tarjeta de transportes o en el Registro de Empresas de Actividades de Transporte del Ministerio de Fomento me pone, ejemplo, Catarroja (Valencia) en el apartado de residencia de la autorización/domicilio del establecimiento: NO PUEDES SOLICITARLA.

REQUISITOS:

Además de lo explicado anteriormente, deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma o una microempresa con un máximo de 10 personas trabajadoras.
  2. Estar dado de alta en el epígrafe 721.2 del IAE.
  3. Ser titular de la autorización tipo VT, visada y en vigor.
  4. Acreditar mediante la presentación de facturas y sus comprobantes de pago, el pago de facturas por importe de 2.000€. Se pueden utilizar facturas desde abril de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud. Para la suma de 2000€, de la factura se computa la BASE IMPONIBLE, NO EL TOTAL DE LA FACTURA, POR LO TANTO, LAS BASES IMPONIBLES DE LAS FACTURAS DEBEN SUMAR 2000€. Las facturas deben corresponder a gastos corrientes de la actividad para la que se solicita subvención.

Aquellos que tengan trabajador asalariado, a pesar de que les corresponden 200 euros más por cada trabajador, únicamente deben justificar 2000€. El autónomo colaborador, NO CUENTA como asalariado.

¿QUÉ FACTURAS PUEDO INCLUIR COMO GASTO?

  1. Gastos de personal: nóminas, cuota de autónomo y seguridad social a cargo de la empresa.
  2. Gastos derivados del mantenimiento del vehículo (reparaciones, revisiones, ITV, limpieza).
  3. Gastos de combustibles.
  4. Primas de seguros (seguro de responsabilidad civil por un máximo de una anualidad y otros)
  5. Servicios de gestoría, asesoramiento o consultoría de cualquier materia, radioemisoras.
  6. Realización de formación, de carácter específico, para mejorar la cualificación profesional, del empresariado y del personal contratado: los gastos derivados del coste del curso y de la inscripción al mismo.
  7. Publicidad en radio, televisión, prensa, aplicaciones para teléfonos y smartphones, internet, blogs i redes sociales u otros soportes.
  8. Gastos derivados del cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud laboral vinculados a la protección de los trabajadores.

Las facturas deben estar emitidas a nombre de la persona o empresa solicitante de la subvención. Además, deben contener la siguiente información:

  • Número de factura y fecha de expedición.
  • Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, número de identificación fiscal y domicilio del proveedor/a.
  • Concepto del gasto y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto, así como cualquier descuento o rebaja.
  • El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones, según corresponda.

Aquellas facturas que estén financiadas, si son anteriores a abril del 2020, NO SE ADMITIRÁN.

JUSTIFICACIÓN DE PAGO ¿CON QUÉ JUSTIFICO LAS FACTURAS?

Atendiendo a la forma de pago, la justificación debe efectuarse con la documentación que se indica a continuación:

  • transferencia bancaria: se justificará mediante extracto bancario en que figure registrado el gasto, donde se identifique el receptor del pago y su coincidencia con el emisor de la factura o documento justificativo del gasto.
  • domiciliación bancaria: se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo o copia de extracto bancario en que figure el gasto.
  • cheque: se justificará mediante copia del cheque emitido a nombre del proveedor/a que emite la factura y copia de extracto bancario en que figure el gasto.
  • pagos con tarjeta: se justificará mediante el documento de cargo del pago en la cuenta bancaria donde se identifique el receptor del pago y su coincidencia con el emisor de la factura o documento justificativo del gasto.
  • De cada factura que se aporte pagada en efectivo únicamente se imputará a la justificación del pago un importe máximo de 300 € (es decir si una factura pagada en efectivo es de por ejemplo 500€, solo nos contarán para la justificación 300€). En estas facturas deberá constar “Recibí en efectivo” y la identificación del perceptor.

No se admitirán como justificantes de gastos los albaranes, las notas de entrega ni las facturas proforma. En el caso de justificantes emitidos en moneda extranjera se indicará el tipo de cambio aplicado.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR.

La solicitud normalizada es de obligada presentación. Se debe prestar una especial atención a las casillas de autorizaciones para la consulta de los certificados requeridos que no se quieran aportar.

En esta solicitud se deberá rellenar de manera obligatoria los campos que hacen referencia a la cuenta bancaria en la que se quiere recibir el pago de la ayuda. La cuenta bancaria que se proporcione deberá estar a nombre de la persona o empresa interesada.

La solicitud normalizada deberá estar firmada por la persona o empresa interesada que solicita la subvención o su representante legal.

Debe acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación:

  • Formulario de Preinscripción en: https://www.valencia.es/apps/resistir2021
  • NIF por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, de la persona o empresa solicitante.
  • Autorización tipo VT, visada y en vigor.
  • Certificado actualizado de Situación Censal, únicamente en caso de no autorizar al Ayuntamiento la consulta del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas en el censo correspondiente del Ayuntamiento de València en el que la persona solicitante está dada de alta. El certificado debe indicar la actividad económica que se realiza, su fecha de alta en la actividad, lugar donde se desarrolla y el domicilio fiscal.
  • Informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización a fecha 31 de diciembre de 2020, en caso de tener trabajadores a su cargo.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se ha indicado en la instancia. Esta cuenta deberá pertenecer a la persona o empresa solicitante de la subvención.
  • Facturas y justificante de pago.
  • Anexo Representación: Formulario relativo a la representación solo para el caso de no disponer de firma electrónica y actuar mediante representante.
  • Declaración Jurada.
  • Declaración Responsable.
  • Autorizaciones para la consulta y comprobación de los distintos requisitos a cumplir.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

2.000€ por cada autónomo o microempresa con un máximo de 10 trabajadores y 200€ por persona trabajadora AFILIADA A LA SEGURIDAD SOCIAL A FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2020.

Las ayudas son compatibles con las ya solicitadas y especificas para el taxi y con las próximas que va a sacar el Estado para los autónomos.

LAS AYUDAS NO PODRÁN SOLICITARSE HASTA QUE LA CONVOCATORIA NO SEA PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVICNCIA Y TENDREMOS UN PLAZO DE PRESENTACIÓN DE 20 DIAS NATURALES.

AQUELLOS QUE DESEEN QUE GREMIAL LES TRAMITE LAS AYUDAS DEBERÁN TENER CERTIFICADO DIGITAL O DNI ELECTRÓNICO (CON LOS CERTIFICADOS Y LA CONTRASEÑA EN VIGOR) YAPORTARNOS LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (YA OS INDICAREMOS COMO TENDRÉIS QUE APORTARLAS).

PARA MÁS INFORMACIÓN PASAR POR LAS OFICINAS DE GREMIAL.

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