MADRID: Los ‘taxis pirata’ podrán ser subastados si no pagan la sanción

Se inmovilizarán en cuanto sean detectados

La Comunidad de Madrid ha introducido en la nueva Ley de Medidas Fiscales y Administrativas una serie de cuestiones para luchar contra los ‘taxis piratas’, que a partir del año que viene podrán ser inmovilizados una vez detectados y subastados si los dueños de los vehículos no pagan la correspondiente sanción.

Fuente: europapress.es

Así lo ha explicado el presidente del Gobierno regional, Ignacio González, en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, donde se ha dado luz verde a esta normativa que acompaña a ley de Presupuestos de 2014.

En concreto, González ha explicado que para luchar contra esta práctica ilegal, se podrán inmovilizar los vehículos y en caso de que el infractor no pague la sanción correspondiente, se podrá subastar para afrontar el pago.

Además, los vehículos dedicados al arrendamiento con conductor con autorización domiciliada en la Comunidad de Madrid deberán llevar un distintivo, lo que, además de suponer una «garantía para los viajeros, facilitará la inspección y evitará el intrusismo y la competencia desleal con los profesionales de este servicio y también con los taxistas».

INFRACCIONES DEL SERVICIO DEL TAXI

Asimismo, en la nueva ley se regula detalladamente el régimen de infracciones y sanciones del servicio del taxi. En primer lugar, se establecen las cuantías económicas de cada tipo de infracción, sea leve, grave o muy grave, que pueden alcanzar hasta los 6.000 euros. También se tipifican todas las posibles infracciones objeto de sanción, prestando especial atención a aquellos aspectos que inciden directamente en la calidad del servicio.

Entre otros aspectos, la nueva normativa regula la obligación de respetar el régimen de paradas y de identificar correctamente los vehículos y si se encuentran libres, así como de ofrecer en el interior de los vehículos a los usuarios información sobre las tarifas y poner a su disposición hojas de reclamaciones. También incluye la obligatoriedad de permitir el pago con tarjeta y entregar al usuario que lo solicite un tique de pago.

González ha explicado en este punto que hasta ahora este régimen de sanciones viene recogido en la Ley Orgánica del Transporte a nivel nacional, es decir, que ya existen todas las obligaciones que se contemplan, pero que se incorporan a la ley autonómica para poder establecer las consecuencias de las infracciones.

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