Nueva línea de financiación bonificada del IVF

Tras la reunión mantenida con técnicos de la Sociedad de Garantías Recíproca Afín SGR, es momento de dar a conocer cuales son las condiciones con las que entendemos que podemos acceder a esta nueva línea de financiación.

Tenemos dos enfoques bien diferenciados, uno orientado a sostener el capital circulante de la explotación y otro orientado a proyectos de inversión.

Respecto del primer enfoque, es decir, el de solicitar financiación para capital circulante:

  • Tenemos que advertir de la rigurosidad con la que en esta ocasión van a tratar estas solicitudes, en cuanto a la valoración del riesgo, dado que la situación ha cambiado mucho de cuando se publicó la anterior línea de financiación.
  • El tramo no reembolsable para esta solicitud es de un 1% más 0,75% multiplicado por el número de años del préstamo, sobre el valor nominal de la operación, siendo requisito obligatorio para el solicitante contar con el aval financiero de Afín SGR, el cual aplicaría una comisión de aval de un 0,75% multiplicado por el número de años del préstamo, más un 1% de comisión de estudio, más un 1% en cuotas
  • El tipo de interés es de Euribor más un 1% y los plazos entre 2 y 4 años sin posibilidad de El capital estará entre 25.000 y 150.000 euros para autónomos.
  • Justificación de los gastos financiables elegibles destino circulante. Cuando el valor del préstamo sea inferior o igual al 75% del rendimiento neto máximo declarado en renta en 2018 y 2019. Para los que tributan en estimación objetiva, el IVF asumirá que el rendimiento neto de los ejercicios 2018 y 2019 asciende al coste laboral total mensual del sector de actividad del beneficiario del INE, multiplicado por el máximo número de meses cotizados en 2018 y

Respecto del segundo enfoque, es decir, el de solicitar financiación para proyectos de inversión:

  • El tramo no reembolsable para esta solicitud es de un 20% sobre el valor nominal de la operación, siendo requisito obligatorio para el solicitante contar con el aval financiero de Afín SGR, el cual aplicaría una comisión de aval de un 0,75% multiplicado por el número de años del préstamo, más un 1% de comisión de estudio, más un 1% en cuotas
  • El tipo de interés es de Euribor más un 1% y los plazos entre 4 y 10 años con posibilidad de carencia de hasta 24 meses. El capital estará entre 25.000 y 150.000 euros para autónomos.
  • Se financia hasta el 80% de la base imponible. No obstante, el valor de las cuotas participativas de Afín SGR hasta el 100%. En caso de adquisición de vehículos, el importe máximo a financiar es de 25.000 €, sin que éste supere el 80% de la base imponible.
  • Justificación de los gastos financiables elegibles destino inversión. Se deben aportar tres presupuestos del mismo bien y de diferentes proveedores, eligiendo el más económico, en caso contrario, un informe detallando los motivos. Si bien, para el estudio del aval a Afín SGR le es suficiente con uno (el que vayan a comprar). Señalar que, los vehículos han de ser eléctricos, por el impacto medioambiental.

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