ORDEN 3/2019, de 6 de mayo que modifica la regulación la tarjeta identificativa

Se ha publicado en el DOGV la nueva Orden modifica  regulación la Tarjeta Identificativa obligatoria para todos los taxistas de la Comunidad Valenciana con independencia de su condición de titular, autónomo colaborador o asalariado.

Como principal novedad indicar que, a partir de la entrada en vigor de la nueva orden, las Tarjetas Identificativas de los conductores asalariados a jornada completa y los autónomos colaboradores será de color verde, y azul para los asalariados a tiempo parcial. La de los autónomos seguirá siendo de color naranja. El plazo de tiempo para solicitar la sustitución de la tarjeta identificativa actual de los asalariados y autónomos colaboradores por la nueva adaptada a la normativa actual es hasta el 15 de noviembre de 2019 y en todo caso se deberá disponer de la nueva antes de a de enero de 2020. El cambio o adaptación de las tarjetas a la nueva normativa no requerirá del abono de la tasa siempre que estas estén en vigor, aquellas que sean reemplazadas por renovación si que será necesario abonarla.

Para evitar problemas e intentar agilizar al máximo el trabajo tanto de la entidad como de la Conselleria, rogamos que no esperen a ultima hora y vayan pasando por la Gremial a entregar la actual tarjeta y así poder proceder a su actualización.

La orden a la que hacemos referencia establece que la Tarjeta identificativa deberá ir colocada en un lugar donde sea perfectamente visible al usuario sin especificar ningún lugar concreto como si hacia la anterior orden.

Recordamos que cuando se produzca la sustitución por cualquier motivo de la tarjeta identificativa, cuando se deje de prestar servicio como taxista o cuando un trabajador asalariado deje de prestar servicio con una determinada licencia, es obligatorio la devolución de la misma a la Conselleria. Como también es obligatorio comunicar a la administración la perdida o sustracción de esta.

Así mismo recalcamos que no se puede prestar servicio de taxi sin portar en el vehículo la tarjeta identificativa, siendo considerado este hecho como una falta leve.

http://www.dogv.gva.es/datos/2019/05/13/pdf/2019_4715.pdf

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