Ayudas ayuntamiento de Valencia a nuevos autónomos


Desde hoy y hasta el 13 de noviembre, ya se puede solicitar la ayuda para apoyar en los inicios de la actividad económica a aquellas personas que hayan generado el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos entre el 13 de marzo de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención, favoreciendo la conciliación de la vida laboral y familiar y a su vez, apoyando a los jóvenes emprendedores de hasta 35 años inclusive.

Podrán acogerse a esta convocatoria de subvención:

-Quienes hayan comenzado su actividad empresarial, dándose de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE en lo sucesivo) y se hayan dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA en lo sucesivo) entre el 13 de marzo de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
-el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València.
-Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen los 2 meses anteriores a su fecha de alta actual.
-Que la titularidad de la actividad debe corresponder a autónomos en situación de alta en los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud sea inferior a 10 personas trabajadoras o en su caso, en el período en que se esté de alta en la actividad.
-No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.

Quedan excluidas de participar en esta convocatoria: El personal autónomo colaborador.

La cuantía fija de 2.000€ se podrá incrementar en 500 euros, exclusivamente por uno de estos supuestos:

a) Cuando el solicitante tenga hijos/as menores hasta 12 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2

b) Cuando el solicitante tenga familiares dependientes a su cargo, sea o no cuidador profesional, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Debe existir un vínculo de parentesco de hasta 1º grado de  consanguinidad o afinidad.

c) Cuando la persona solicitante acredite tener alguna persona trabajadora que disfrute en su empresa de medidas de conciliación de la vida laboral y familiar por tener hijos/as menores hasta 12 años o familiares dependientes a su cargo con un vínculo de parentesco de hasta 1º grado de consanguinidad o afinidad, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Además, a jóvenes de hasta 35 años en la fecha de alta en el RETA.

El trámite tiene un coste de 35€, deberá aportarnos un certificado de titularidad de cuenta bancaria, libro de familia en caso de hijos menores y solicitar cita previa a través de la página web.