AYUDAS ESTATALES COVID 19 (perdida del 75% de facturación)

Se ha modificado el artículo 17 del RDL que regula las medidas especiales de “protección económica a autónomos” a través del cual se establecía que aquellos autónomos que hubieran perdido un 75% de la facturación en el mes anterior en el que se solicita la prestación y por de vigencia limitada a un mes, es decir un único cobro (por el momento), podrían acceder a una prestación del 70% de su base reguladora.


La modificación consiste en que la prestación se podrá solicitar hasta el último día del mes siguiente al que se produjo la finalización del estado de alarma.

¿Que implica este cambio? Implica que prácticamente la mayoría vamos a poder solicitar la prestación porque como el Estado de Alarma se ha prorrogado hasta el 26 de abril (de momento) y la solicitud se puede solicitar hasta el último día del mes siguiente, en este caso se podría presentar hasta el 31 de mayo (ampliándose este plazo si todavía alargasen más el Estado de Alarma), y el requisito es tener una pérdida del 75% el mes anterior, si la presentamos a primeros de mayo, la referencia es el mes de abril en el que la mayoría si habremos tenido esa perdida.
Tener en cuenta que la prestación es de u

n único pago, es decir solo se cobrará la ayuda una única vez, NO ES QUE TE VAYAN A PAGAR LA AYUDA CADA MES QUE ESTEMOS EN ESTADO DE ALARMA, por lo menos por ahora.

Hasta ahora, os hemos recomendado prudencia a la hora de pedirla porque si se solicitaba ya, la referencia económica de pérdidas de facturación era respecto de TODO el mes de marzo en el que hemos trabajado 14 días, pero en cambio al prolongarse el periodo de solicitud, si la pedimos a primeros de mayo, la referencia económica será la de abril en el que muchos si habremos perdido ese 75% necesario.

DE MOMENTO DESDE GREMIAL, SOLO VAMOS A TRAMITAR AQUELLAS SOLICITUDES QUE NOS HAN ENTRADO HASTA EL DÍA 5 DE ABRIL. TODAS LAS QUE NOS ENTREN A PARTIR DE HOY, ESPERAREMOS A SOLICITARLAS MÁS ADELANTE. RECORDAR QUE HAY QUE TENER UN BAJADA DE FACTURACIÓN DEL 75%. LA SOLICITUD SE TRAMITA A TRAVÉS DE LAS MUTUAS E INCLUSO SE LA PUEDE TRAMITAR UNO MISMO, PERO, SI QUIERES QUE SEA LA GREMIAL QUIEN TE TRAMITE LA SOLICITUD DE LA PRESTACIÓN DEBES COMUNICARLO AL CORREO:

cese@agtaxisvalencia.com

Solo se atenderán las solicitudes que lleguen a esta dirección de correo.

Todo es muy cambiante, si hubiera más modificaciones os las comunicaremos.

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